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Las empresas deben apoyar la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho de la negociación colectiva. |
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La libertad de afiliación reconoce el derecho de empresarios y trabajadores a constituir asociaciones y sindicatos en función de sus necesidades, lo que implica que los empresarios no deben interferir en el derecho de afiliación de un empleado, ni discriminarlo por ello, ni en su legítimo derecho de ser elegido como representante de los trabajadores. Garantizar la representación sindical es uno de los pilares sobre los que se construye la confianza de ambas partes. Para el Pacto Mundial el concepto de “afiliación” implica actividades que regulan la formación, la administración y la elección de representantes. En cuanto a la negociación colectiva, se refiere al proceso o actividad que conduce a la firma de un convenio colectivo. La negociación colectiva es un proceso voluntario utilizado por las empresas para regular las relaciones entre los empresarios y los trabajadores (condiciones laborales, seguridad y salud, beneficios sociales, etc.). La negociación del convenio debe basarse en el principio de buena fe entre las partes, y con carácter general finaliza con la firma de un convenio.
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